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Universidad CAECE

336.14


  

Presupuesto Nacional

[Trabajo Final]. --

  "De acuerdo a lo establecido por el artículo 26 de la ley 24156 el Poder Ejecutivo Nacional
presentó el proyecto de ley de presupuesto general a la Cámara de Diputados de la Nación, el 15 de setiembre del 2009 para el ejercicio 2010, que regirá desde ell de enero del 2010 hasta el 31 de diciembre del mismo año, (si al inicio del ejercicio financiero no se hubiese encontrado aprobado el presupuesto general, hubiera regido el que estuvo en vigencia para el año 2009 con los ajustes en los presupuestos de la administración central y de los organismos descentralizados, según lo determina el Art. 27 de la ley antes citada, cosa que no ocurrió en nuestro país ya que después de más de 14 horas de debate se aprobó el 12 de noviembre de 2009 el proyecto para la Administración Pública Nacional para el año 2010 por amplia mayoría
(137 votos a favor y 97 en contra), sin modificar ningún artículo del proyecto original. También
se prorrogó por diez años los tributos a los Bienes Personales, Ganancias y Ganancia Mínima
Presunta; dos años para el impuesto al cheque y un año para el que se aplica sobre el precio
fmal de los cigarrillos. La modificación de la Ley de Responsabilidad Fiscal, permitirá a los gobernadores mover partidas de gastos de capital para desembolsos corrientes, la emisión de más deuda y cerrar el año con déficit, entre otras cosas. Concretamente se modificaron el artículo que le permite a las provincias endeudarse pero para gastos corrientes y el que fija que se podrán transferir créditos de gastos de capital (obra pública) a corrientes (pago de sueldo). Uno de los artículos más polémicos fue el 79, que modifica la ley de administración financiera.
El Presupuesto de gastos y Recursos de la Administración nacional para el año 2010,
contempla, entre otras variables, un crecimiento del 2,5% del Producto Bruto Interno (PBI) y un
dólar a $ 3,95. Además de la pauta de crecimiento de la economía y de la estimación del valor
del dólar, el proyecto prevé para el año una inflación del 6,1% anual.
El superávit primario, en tanto, rondará los $ 27.158,3 millones, equivalentes a 2,17% del PBI.
Pero el número más importante en materia fiscal es el resultado fmanciero -luego del pago de
intereses- que ascenderá a apenas $ 621,5 millones, es decir, 0,005% del producto.
Los recursos totales previstos ascienden a $ 273.750,9 millones -21,89% del PBI-, en tanto que
el gasto primario rondará $ 246.592,6 millones, de lo que se desprende que el superávit
primario será de $ 27.158 millones. Luego de un pago de intereses de $ 26.536,8 millones, el
resultado financiero quedará, según lo estimado, en $ 621,5 millones. Los gastos totales están
previstos en $ 273.129,4 millones. En materia financiera, el proyecto establece un endeudamiento de $ 150.662 millones, que serán captados para pagar $ 122.639 millones de amortización de deuda y otro pasivos. Reduce, los fondos para los ministerios de Salud y del Interior.
El Estado dejará de recaudar $ 21.703 millones por diversas exenciones impositivas. De esos
recursos, casi $ 7.000 millones corresponden a exenciones del Impuesto a las Ganancias: rentas
financieras, ganancias de capital, sueldos de los jueces, entre otras. Desde la AFIP revelaron a
este medio que Estado también dejará de recaudar adicionalmente $ 3.600 millones por la
eliminación de la tablita de Machinea, que beneficia a quienes cobran más de $ 7.000
mensuales de bolsillo."

  1. 
PRESUPUESTO NACIONAL
; 2. 
TESIS
; 3. 
ADMINISTRACION NACIONAL
; 4. 
GASTOS
; 5. 
RECURSOS


  (1) Inv.: 07598 S.T.: 336.14 ; (1) Inv.: 7599cd S.T.: 336.14
2 Ejemplares
U. Info. Inventario S.T. / Ubicación Estado de Disponibilidad Tipo de Préstamo
07598 336.14
7599cd 336.14

Formulario para Solicitud de Material

Bejarano Cenoz, Delia Nelly
Presupuesto Nacional [Trabajo Final]

"De acuerdo a lo establecido por el artículo 26 de la ley 24156 el Poder Ejecutivo Nacional
presentó el proyecto de ley de presupuesto general a la Cámara de Diputados de la Nación, el 15 de setiembre del 2009 para el ejercicio 2010, que regirá desde ell de enero del 2010 hasta el 31 de diciembre del mismo año, (si al inicio del ejercicio financiero no se hubiese encontrado aprobado el presupuesto general, hubiera regido el que estuvo en vigencia para el año 2009 con los ajustes en los presupuestos de la administración central y de los organismos descentralizados, según lo determina el Art. 27 de la ley antes citada, cosa que no ocurrió en nuestro país ya que después de más de 14 horas de debate se aprobó el 12 de noviembre de 2009 el proyecto para la Administración Pública Nacional para el año 2010 por amplia mayoría
(137 votos a favor y 97 en contra), sin modificar ningún artículo del proyecto original. También
se prorrogó por diez años los tributos a los Bienes Personales, Ganancias y Ganancia Mínima
Presunta; dos años para el impuesto al cheque y un año para el que se aplica sobre el precio
fmal de los cigarrillos. La modificación de la Ley de Responsabilidad Fiscal, permitirá a los gobernadores mover partidas de gastos de capital para desembolsos corrientes, la emisión de más deuda y cerrar el año con déficit, entre otras cosas. Concretamente se modificaron el artículo que le permite a las provincias endeudarse pero para gastos corrientes y el que fija que se podrán transferir créditos de gastos de capital (obra pública) a corrientes (pago de sueldo). Uno de los artículos más polémicos fue el 79, que modifica la ley de administración financiera.
El Presupuesto de gastos y Recursos de la Administración nacional para el año 2010,
contempla, entre otras variables, un crecimiento del 2,5% del Producto Bruto Interno (PBI) y un
dólar a $ 3,95. Además de la pauta de crecimiento de la economía y de la estimación del valor
del dólar, el proyecto prevé para el año una inflación del 6,1% anual.
El superávit primario, en tanto, rondará los $ 27.158,3 millones, equivalentes a 2,17% del PBI.
Pero el número más importante en materia fiscal es el resultado fmanciero -luego del pago de
intereses- que ascenderá a apenas $ 621,5 millones, es decir, 0,005% del producto.
Los recursos totales previstos ascienden a $ 273.750,9 millones -21,89% del PBI-, en tanto que
el gasto primario rondará $ 246.592,6 millones, de lo que se desprende que el superávit
primario será de $ 27.158 millones. Luego de un pago de intereses de $ 26.536,8 millones, el
resultado financiero quedará, según lo estimado, en $ 621,5 millones. Los gastos totales están
previstos en $ 273.129,4 millones. En materia financiera, el proyecto establece un endeudamiento de $ 150.662 millones, que serán captados para pagar $ 122.639 millones de amortización de deuda y otro pasivos. Reduce, los fondos para los ministerios de Salud y del Interior.
El Estado dejará de recaudar $ 21.703 millones por diversas exenciones impositivas. De esos
recursos, casi $ 7.000 millones corresponden a exenciones del Impuesto a las Ganancias: rentas
financieras, ganancias de capital, sueldos de los jueces, entre otras. Desde la AFIP revelaron a
este medio que Estado también dejará de recaudar adicionalmente $ 3.600 millones por la
eliminación de la tablita de Machinea, que beneficia a quienes cobran más de $ 7.000
mensuales de bolsillo."

1. PRESUPUESTO NACIONAL; 2. TESIS; 3. ADMINISTRACION NACIONAL; 4. GASTOS; 5. RECURSOS

(1) Inv.: 07598 S.T.: 336.14 ; (1) Inv.: 7599cd S.T.: 336.14
Solicitante: